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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 143.

Artículo 143 del Decreto legislativo 1/2000, de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto único de la Ley del deporte. · DOGC-f-2000-90007

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-08-08.

Texto consolidado

1. Una vez designados los miembros del Tribunal Catalán del Deporte, éstos deben elegir entre ellos un presidente o presidenta y un vicepresidente o vicepresidenta, que deben ser ratificados por la Administración deportiva de la Generalidad.

2. El secretario o secretaria del Tribunal Catalán del Deporte es designado por el secretario o secretaria general del Deporte.

3. El Tribunal Catalán del Deporte funciona en pleno o en comisión permanente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-08-08.

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