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Real Decreto Vigente

Artículo 142. Conceptos y definiciones.

Artículo 142 del Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales. · BOE-A-1995-18266

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.

Texto consolidado

A efectos de este impuesto se entenderá por:

1. Ley: La Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.

2. Oficina gestora: El órgano que, de acuerdo con las normas de estructura orgánica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sea competente en materia de impuestos especiales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-01-01.

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