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Ley Derogada

Artículo 142. Canalización de fondos mediante las cooperativas.

Artículo 142 de la Ley 18/2002, de 5 de julio, de Cooperativas. · BOE-A-2002-15191

Atención: Ley 18/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las cantidades que se reciban de las distintas administraciones públicas provenientes de ayudas estructurales, sectoriales o de otro tipo han de ser canalizadas, en la medida en que sea posible, a través de sociedades cooperativas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-07-18.

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