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Ley Vigente

Artículo 141. Prescripción de infracciones.

Artículo 141 de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-3489

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-21.

Texto consolidado

Las infracciones prescribirán después de un año, si son leves; a los tres años, si son graves; y a los cinco años, si son muy graves, desde el momento en el que se hubieran cometido.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-03-21.

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