El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 141.

Artículo 141 de la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma de Mallorca. · BOE-A-2007-1896

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-31.

Texto consolidado

La participación en los ingresos de la comunidad autónoma de las Illes Balears y las subvenciones procedentes asimismo de la comunidad autónoma, según lo previsto en la legislación autonómica en materia municipal y de régimen local, se articularán partiendo de:

a) La participación en el Fondo de Cooperación Local de la comunidad autónoma de las Illes Balears que le corresponda, sin ningún tipo de limitación discriminatoria en relación al resto de municipios de las Illes.

b) Las aportaciones que le correspondan por la financiación de planes de infraestructuras y de servicios establecidos o que se establezcan destinados a fomentar y equilibrar territorialmente las infraestructuras en todo el territorio balear.

c) Les aportaciones que le correspondan para la financiación de programas sectoriales y/o específicos establecidos o que se establezcan en el municipio de Palma de Mallorca.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-12-31.

Más artículos de Ley 23/2006

En El Vínculo puedes leer Ley 23/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.