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Ley Vigente

Artículo 141. Tipología.

Artículo 141 de la Ley 2/2026, de 12 de marzo, para la Gestión Ambiental de Andalucía. · BOE-A-2026-7558

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-06-20.

Texto consolidado

La mejora ambiental podrá llevarse a cabo a través de la adhesión a cualquiera de los siguientes instrumentos:

a) Sistemas de gestión medioambiental conforme al Reglamento (CE) n.º 1221/2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS).

b) Sistemas de gestión medioambiental regulados por normas técnicas internacionales ISO o nacionales UNE, de carácter voluntario, reconocidos por organismos de normalización acreditados.

c) Etiquetado ecológico europeo conforme al Reglamento (CE) n.º 66/2010, relativo al sistema comunitario de concesión del distintivo ecológico (Ecolabel).

d) Sistema Andaluz de Compensación de Emisiones (SACE).

e) Distintivo de calidad ambiental de la Administración de la Junta de Andalucía.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-06-20.

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