Artículo 140. Órganos competentes para la imposición de sanciones.
Artículo 140 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia. · BOE-A-2016-5942
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-08-16.
Texto consolidado
1. La resolución que ponga fin al procedimiento sancionador será motivada y resolverá todas las cuestiones pertinentes suscitadas en el expediente.
2. La competencia para la imposición de las sanciones previstas en esta ley le corresponde:
a) A la persona titular de la dirección general competente en materia de patrimonio cultural: las sanciones de hasta 60.000 euros.
b) A la persona titular de la consejería competente en materia de patrimonio cultural: las sanciones comprendidas entre 60.001 y 150.000 euros.
c) Al Consejo de la Xunta: las sanciones de cuantía superior a 150.000 euros.