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Ley Vigente

Artículo 140. Plan anual de Control Financiero Permanente.

Artículo 140 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria. · BOE-A-2007-3825

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-01.

Texto consolidado

La Intervención General elaborará anualmente un Plan de Control Financiero Permanente en el que se incluirán las actuaciones a realizar durante el correspondiente ejercicio y el alcance específico fijado para las mismas. El citado plan podrá ser modificado cuando se produzcan circunstancias que lo justifiquen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-01-01.

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