Artículo 14.
Artículo 14 de la Resolución por la que se aprueban los Estatutos del Colegio Nacional Sindical de Administradores de Fincas. · BOE-A-1969-689
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1969-06-23.
Texto consolidado
El programa que comprenda las materias a desarrollar por la Escuela de Formación de Administradores de Fincas, además de las relacionadas en el artículo precedente, previa la aprobación del Organismo competente, contendrá las que correspondan a las necesidades para obtener la cultura general de grado medio equivalente a los enumerados en el caso segundo del apartado d) del artículo 12 de estos Estatutos.