Artículo 14. Ejecución directa de las obras.
Artículo 14 del Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local. · BOE-A-2009-17001
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-10-27.
Texto consolidado
En el supuesto que la resolución del Secretario de Estado de Cooperación Territorial autorice la ejecución directa de las obras por el Ayuntamiento, la Dirección General de Cooperación Local librará el 85 por ciento del importe autorizado incrementado con el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido repercutible o impuesto asimilable.