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Real Decreto Vigente

Artículo 14. Facultades de los presidentes del Consejo Rector y de la comisión permanente.

Artículo 14 del Real Decreto 925/2015, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas". · BOE-A-2015-11162

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-18.

Texto consolidado

1. Serán facultades del presidente del Consejo Rector:

a) Ostentar su representación.

b) Acordar la convocatoria de las sesiones ordinarias y extraordinarias y la fijación del orden del día.

c) Presidir las sesiones, moderar el desarrollo de los debates y suspenderlos por causas justificadas.

d) Velar por el cumplimiento de los acuerdos del Consejo Rector.

e) Dirimir con su voto los empates, a efectos de adoptar acuerdos.

f) Visar las actas y certificaciones de los acuerdos del Consejo Rector.

2. Las facultades establecidas en el párrafo anterior serán ejercidas por el presidente de la comisión permanente respecto de la misma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-10-18.

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