Artículo 14.
Artículo 14 del Real Decreto 680/1993, de 7 de mayo, por el que se establece las normas de control y las medidas de lucha contra la peste equina. · BOE-A-1993-14205
Atención: Real Decreto 680/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El sacrificio obligatorio de los animales enfermos y sospechosos que se realicen en el foco infeccioso, dará derecho al propietario de ganado a una indemnización de acuerdo con lo establecido en el capítulo XIV del Reglamento de Epizootias vigente.