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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo 14. Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País.

Artículo 14 del Real Decreto 662/2022, de 29 de julio, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno. · BOE-A-2022-12799

Atención: Real Decreto 662/2022 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Bajo la dependencia directa de la persona titular de la Dirección del Gabinete del Presidente del Gobierno existirá la Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País, cuyo director tendrá rango de Subsecretario, que se encargará de analizar de forma rigurosa, objetiva y multidisciplinar los retos y oportunidades a los que se enfrentará España en el futuro y de ayudar al país a prepararse para ellos mediante el diseño de políticas públicas innovadoras y el asesoramiento en la toma de decisiones del presidente y sus ministros, así como contribuir al desarrollo de la autonomía estratégica europea.

2. La Oficina de Prospectiva y Estrategia de País contará con una Dirección Adjunta, cuya persona titular tendrá rango de subdirector general, y que facilitará la coordinación de las siguientes unidades, que tendrán rango de subdirección general:

a) Unidad de Análisis de tendencias económicas y medioambientales.

b) Unidad de Análisis de transformaciones políticas y sociales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-02-14.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-3841.

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