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Real Decreto Derogada

Artículo 14. Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País a Largo Plazo.

Artículo 14 del Real Decreto 634/2021, de 26 de julio, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno. · BOE-A-2021-12549

Atención: Real Decreto 634/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Bajo la dependencia directa de la persona titular de la Dirección del Gabinete, con rango de dirección general existirá la Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País a Largo Plazo, para el análisis metodológico y la canalización de la información de los retos, oportunidades, y tendencias multisectoriales del país, que permita el desarrollo de estrategias nacionales anticipatorias y de previsión a largo plazo.

2. Dependerá de la Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País a Largo Plazo una Unidad de Estudios con nivel orgánico de subdirección general.

3. La Oficina podrá contar con un Comité de Expertos para el asesoramiento y orientación de las actividades de la Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País a Largo Plazo, con las funciones y composición que, en su caso, se determinen.

4. La persona titular de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno participará en el impulso y desarrollo de las funciones de la Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País a Largo Plazo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-07-27.

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