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Real Decreto Derogada

Artículo 14. Códigos de conducta.

Artículo 14 del Real Decreto 544/2016, de 25 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria. · BOE-A-2016-11820

Atención: Real Decreto 544/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, con la colaboración de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, y en coordinación con las comunidades autónomas, podrá impulsar la elaboración y aplicación de códigos de conducta voluntarios por parte de las Organizaciones Farmacéuticas Colegiales, las asociaciones profesionales de farmacéuticos, y las asociaciones u organizaciones de establecimientos comerciales detallistas, con la participación de representantes de los consumidores y usuarios y del resto de sectores implicados, en los términos establecidos en el artículo 18 de la Ley 34/2002, de 11 de julio.

2. Las oficinas de farmacia o establecimientos comerciales detallistas que se adhieran a estos códigos de conducta deberán indicarlo en su sitio web, junto con un enlace al contenido de dicho código.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-12-14.

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