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Real Decreto Derogada

Artículo 14. Nombramiento y mandato.

Artículo 14 del Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia de Protección de Datos. · BOE-A-1993-11252

Atención: Real Decreto 428/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Director de la Agencia de Protección de Datos será nombrado por el Gobierno, mediante Real Decreto, a propuesta del Ministro de Justicia, de entre los miembros del Consejo Consultivo.

2. El Director de la Agencia de Protección de Datos gozará de los mismos honores y tratamiento que los Subsecretarios.

3. El mandato del Director de la Agencia de Protección de Datos tendrá una duración de cuatro años contados desde su nombramiento y sólo cesará por las causas previstas en el artículo 15 del presente Estatuto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-05-24.

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