Artículo 14. Ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
Artículo 14 del Real Decreto 398/2007, de 23 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 20/2005, de 14 de noviembre, sobre la creación del Registro de contratos de seguro de cobertura de fallecimiento. · BOE-A-2007-8180
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-06-19.
Texto consolidado
Los asegurados podrán ejercitar ante la Dirección General de los Registros y del Notariado los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, en relación con sus datos incluidos en el Registro.
El ejercicio de dichos derechos podrá efectuarse en cualquier momento, siendo enteramente diferente del derecho de terceros a obtener certificación del contenido del Registro, previsto en los artículos 6 de la Ley 20/2005, de 14 de noviembre, y 11 de este real decreto.
Los requisitos para el ejercicio de los derechos serán los establecidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y sus normas de desarrollo.
Más artículos de Real Decreto 398/2007
- ← Artículo 13. Expedición de certificado por el Registro.
- → Artículo 15. Derecho de acceso del asegurado a sus propios datos.
- Ver la norma completa: Real Decreto 398/2007, de 23 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 20/2005, de 14 de noviembre, sobre la creación del Registro de contratos de seguro de cobertura de fallecimiento.