Artículo 14. Elección y nombramiento de Académicos Correspondientes.
Artículo 14 del Real Decreto 39/2009, de 23 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de la Historia. · BOE-A-2009-2552
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-02-17.
Texto consolidado
Los académicos correspondientes serán elegidos y nombrados por el Pleno de la Academia, previo informe de la Comisión dictaminadora de las propuestas de correspondientes, por acuerdo adoptado por mayoría absoluta de los miembros presentes en el Pleno.