Artículo 14. Retirada de instrumentos peligrosos.
Artículo 14 del Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. · BOE-A-2010-3904
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-01.
Texto consolidado
Si en el curso del reconocimiento previo se hallaren objetos o instrumentos peligrosos, prohibidos por la ley, u otros similares o análogos, se procederá a su retirada inmediata y a su entrega al Coordinador de Seguridad.