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Real Decreto Vigente

Artículo 14. Presunción de conformidad en virtud de normas nacionales.

Artículo 14 del Real Decreto 187/2016, de 6 de mayo, por el que se regulan las exigencias de seguridad del material eléctrico destinado a ser utilizado en determinados límites de tensión. · BOE-A-2016-4443

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-05-11.

Texto consolidado

Cuando no se hayan elaborado y publicado las normas armonizadas a que se refiere el artículo 12 y no se hayan publicado las normas internacionales a que se refiere el artículo 13, se considerará, a los efectos de la comercialización o de la libre circulación, que también se ajusta a los objetivos de seguridad, el material eléctrico fabricado con arreglo a las disposiciones en materia de seguridad de las normas vigentes en el Estado miembro de fabricación, siempre que garantice un nivel de seguridad equivalente al exigido en su propio territorio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-05-11.

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