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Real Decreto Vigente

Artículo 14. Deber de información.

Artículo 14 del Real Decreto 1615/2007, de 7 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones para fomentar la producción de productos agroalimentarios de calidad de origen animal. · BOE-A-2007-21916

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-21.

Texto consolidado

Las comunidades autónomas remitirán anualmente al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, antes del 1 de abril de cada año, los datos relativos a las subvenciones concedidas y pagadas en el ejercicio anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-12-21.

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