Artículo 14. Declaración CE de conformidad.
Artículo 14 del Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto, sobre la seguridad de los juguetes. · BOE-A-2011-14252
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-01.
Texto consolidado
1. La declaración CE de conformidad afirmará que se ha demostrado el cumplimiento de los requisitos especificados en el artículo 11 y el anexo II.
2. La declaración CE de conformidad contendrá como mínimo los elementos especificados en el anexo III de este real decreto y los módulos pertinentes establecidos en el anexo II de la Decisión n.º 768/2008/CE, y se actualizará continuamente si así lo solicita una autoridad de vigilancia del mercado. Dicha declaración se ajustará al modelo establecido en el anexo III de este real decreto y se redactará al menos en castellano.
3. Al elaborar una declaración CE de conformidad, el fabricante asumirá la responsabilidad de la conformidad del juguete.