Artículo 14. Reserva de recursos.
Atención: Real Decreto 1/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se reservan para el abastecimiento urbano los recursos de la demarcación que proceden de las siguientes fuentes de suministro:
a) Planta desalinizadora de agua de mar.
b) Captación del río de Oro.
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