El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Artículo 14. Valor de la potencia instalada máxima y mínima a implementar para cada localización y por tipo de actuación.

Artículo 14 de la Orden TED/765/2020, de 3 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía térmica con fuentes de energía renovable, susceptibles de ser cofinanciadas con fondos de la Unión Europea. · BOE-A-2020-9261

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-06.

Texto consolidado

Las convocatorias que se realicen al amparo de las presentes bases podrán establecer un valor de la potencia instalada máxima y de la potencia instalada mínima a implementar a la que se puede otorgar ayuda para cada localización y tipo de actuación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-08-06.

Más artículos de Orden TED/765/2020

En El Vínculo puedes leer Orden TED/765/2020 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.