Artículo 14. Modificación de los datos adicionales o rectificación de errores.
Artículo 14 de la Orden HFP/168/2022, de 7 de marzo, por la que se regula el funcionamiento y estructura del Registro Estatal de las entidades interesadas en los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica. · BOE-A-2022-3713
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-11.
Texto consolidado
Los errores materiales, de hecho, o aritméticos que se detecten en el contenido de los datos a los que se refiere el apartado b) del artículo 9.2, serán rectificados de oficio o a instancia del responsable de cada ministerio en cualquier momento.
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