Artículo 14. La Fuerza de Acción Marítima.
Artículo 14 de la Orden DEF/707/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica de la Armada. · BOE-A-2020-8635
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-29.
Texto consolidado
1. La Fuerza de Acción Marítima está constituida por un Cuartel General y un conjunto de unidades preparadas para efectuar misiones principalmente relacionadas con la seguridad marítima, mediante la presencia y vigilancia en los espacios marítimos de interés nacional y la contribución al conjunto de actividades que llevan a cabo las administraciones públicas con responsabilidad en el ámbito marítimo.
2. Incluye el Mando Naval de Canarias y una red de Comandancias y Ayudantías Navales distribuidas a lo largo del litoral.