Artículo 14.
Artículo 14 de la Ley Foral 1/1984, de 2 de enero, sobre creacción de la Sociedad de Desarrollo de Navarra (SODENA) · BOE-A-1984-5396
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-01-26.
Texto consolidado
1. Anualmente, la Diputación Foral presentará por escrito ante la Comisión correspondiente del Parlamento de Navarra la Memoria a que hace referencia el artículo 10.
2. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, la Diputación informará a la citada Comisión de las actividades generales de SODENA y de su situación patrimonial y financiera.
3. La Diputación Foral informará asimismo a la Comisión de las circunstancias que impliquen a SODENA, siempre que se refieran a materias de la competencia del Parlamento de Navarra y, en particular, los nombramientos y ceses en el Consejo de Administración.