Artículo 14. Cese.
Artículo 14 de la Ley 9/2010, de 7 de julio, de designación de Senadores o Senadoras en representación de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2010-12423
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-12-30.
Texto consolidado
Los senadores o senadoras en representación de la Comunitat Valenciana cesan en su cargo:
1. Por disolución de las Corts Valencianes, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de esta ley.
2. Por causa de muerte, incapacidad, renuncia o cualquier otro supuesto contemplado en la legislación electoral general.
3. Por la pérdida de las condiciones específicas de inelegibilidad establecidas en esta ley o por causa de inelegibilidad no apreciada por la Comisión de Estatuto del Diputado y Diputada con anterioridad a la designación.
4. Como consecuencia de incompatibilidad apreciada y no enmendada de las previstas específicamente en esta ley o en la Ley orgánica de régimen electoral general.
Se suprime el apartado 5 por el art. 6 de la Ley 8/2019, de 29 de noviembre. Ref. BOE-A-2020-446
Se declara la inconstitucionalidad y nulidad del apartado 5, en la redacción dada por la Ley 10/2016, de 28 de octubre, por Sentencia 123/2017, de 2 de noviembre. Ref. BOE-A-2017-13227
Se suspende la vigencia y aplicación del apartado 5 en la redacción dada por la Ley 10/2016, de 28 de octubre, desde el 28 de julio de 2017 para las partes en el proceso y desde el 27 de septiembre de 2017 para los demás, por providencia del TC de 19 de septiembre de 2017, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 4061/2017. Ref. BOE-A-2017-10957
Téngase en cuenta que se declara la pérdida del objeto del recurso de inconstitucionalidad 4061/2017, por Sentencia del TC 141/2017, de 30 de noviembre. Ref. BOE-A-2018-284
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 5 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2020-446.