Artículo 14. Recursos económicos.
Artículo 14 de la Ley 9/1999, de 9 de abril, de creación del Instituto Aragonés de Empleo. · BOE-A-1999-10153
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-18.
Texto consolidado
Constituyen los recursos económicos del Instituto Aragonés de Empleo:
a) Los que le sean asignados con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
b) Los productos y rentas de toda índole procedentes de sus bienes y derechos.
c) Los ingresos ordinarios y extraordinarios que legalmente esté autorizado a percibir.
d) Las subvenciones, legados y aportaciones voluntarias de entidades y particulares.
e) Los créditos que se transfieran conjuntamente con servicios procedentes de otras Administraciones Públicas.