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Ley Derogada

Artículo 14. Multas coercitivas.

Artículo 14 de la Ley 8/2004, de 23 de diciembre, de horarios comerciales. · BOE-A-2005-1542

Atención: Ley 8/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los ayuntamientos y el departamento competente en materia de comercio pueden imponer multas coercitivas hasta a un límite de 6.000 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-01-01.

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