Artículo 14. Reglamento de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento.
Artículo 14 de la Ley 7/2011, de 1 de abril, de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-7331
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-07.
Texto consolidado
Los servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de las administraciones públicas deberán elaborar su reglamento de organización y funcionamiento, que deberá ajustarse a los criterios y contenidos mínimos que establece la presente ley.