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Ley Derogada

Artículo 14. Programas y campañas contra la violencia de género.

Artículo 14 de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres. · BOE-A-2004-16384

Atención: Ley 7/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Xunta de Galicia garantizará, a través de los medios de comunicación de titularidad autonómica, y promoverá, a través de aquéllos en que participe o subvencione, condicionando la efectividad de la subvención, la emisión de programas tendentes a erradicar todas las formas de violencia de género, y realizará, de forma periódica, campañas institucionales de sensibilización contra la violencia de género.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-08-23.

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