Artículo 14. Infracciones leves.
Artículo 14 de la Ley 6/2006, de 21 de julio, sobre incremento de las medidas de ahorro y conservación en el consumo de agua en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2006-19358
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-08-09.
Texto consolidado
Se consideran infracciones leves, las siguientes:
1. El incumplimiento de lo preceptuado en el plan de ahorro de agua por las industrias y edificios industriales.
2. El vaciado total de las piscinas.
3. La no colocación de carteles sobre la procedencia del agua y la utilización de circuitos cerrados en los parques, jardines y fuentes ornamentales.
4. El incumplimiento de las medidas para la limpieza viaria y redes públicas de distribución.