Artículo 14. Autorización de los costes de personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).
Artículo 14 de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003. · BOE-A-2002-25411
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.
Texto consolidado
Al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, se autorizan los costes de personal docente (funcionario y contratado) y del personal de administración y servicios (funcionario y laboral fijo) de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) para el año 2003 y por los importes consignados en el anexo VI de esta Ley.
Más artículos de Ley 52/2002
- ← Artículo 13. Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados.
- → Artículo 15. Transferencias de crédito del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Migraciones y S…
- Ver la norma completa: Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003.