Artículo 14. Informes.
Artículo 14 de la Ley 4/2025, de 15 de octubre, de Concordia de Extremadura. · BOE-A-2025-21454
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-10-18.
Texto consolidado
Una vez concluido el proceso de investigación, se deberá elaborar un informe final que incluya los informes de todos los especialistas que han participado en el procedimiento. Este informe deberá ser depositado en la Consejería competente en materia de Concordia, y podrán solicitar copia del mismo, previa solicitud, las familias, las entidades vinculadas a la Concordia y las asociaciones de familiares de víctimas o que hayan podido participar en las actuaciones, y la entidad local responsable o interviniente.