El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 14. La Biblioteca Valenciana Digital.

Artículo 14 de la Ley 4/2011, de 23 de marzo, de bibliotecas de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-6876

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-26.

Texto consolidado

1. Es un repositorio de documentos digitales normalizados y de recursos de información en el que se pueden incluir tanto las obras integrantes del patrimonio bibliográfico valenciano creadas en formato digital como las versiones digitales de las obras integrantes del patrimonio bibliográfico valenciano, así como obras de especial relevancia para la cultura valenciana, para facilitar su preservación, difusión y comunicación pública a través de Internet.

2. Las obras deberán ser de dominio público o bien se contará con la autorización expresa de los titulares de los derechos de propiedad intelectual, según lo regulado por la legislación vigente.

3. La Biblioteca Valenciana impulsará la digitalización de las obras integrantes del patrimonio bibliográfico valenciano y las integrará en la Biblioteca Valenciana Digital.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-03-26.

Más artículos de Ley 4/2011

En El Vínculo puedes leer Ley 4/2011 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.