Artículo 14.
Artículo 14 de la Ley 4/1995, de 27 de marzo, de creación del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias y del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias. · BOE-A-1995-9731
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-04-04.
Texto consolidado
1. La Comisión Científica, que instrumenta la participación del personal científico y técnico en la programación y coordinación general de la actividad científico-técnica del Instituto, estará presidida por el Director científico.
2. Los Vocales de la Comisión Científica serán designados por el colectivo del personal científico y técnico del Organismo, según se establezca en el Reglamento del Instituto.