Artículo 14.
Artículo 14 de la Ley 4/1991, de 13 de marzo, de Creación como Entidad Autónoma de la Generalidad Valenciana, del Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA). · BOE-A-1991-9614
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-03-19.
Texto consolidado
A los efectos de su gestión económico-financiera, el Instituto se regirá por las reglas aplicables a las Entidades autónomas de carácter mercantil, industrial, financiero o análogo a que se refiere el artículo 5.º,1 de la Ley de Hacienda Pública de la Generalidad Valenciana.