Artículo 14.
Artículo 14 de la Ley 3/2008, de 16 de junio, reguladora de la Empresa Pública «Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales». · BOE-A-2008-11793
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-06-17.
Texto consolidado
1. El Director General de la Empresa Pública «Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales» podrá ser cesado por la Asamblea de Extremadura, a propuesta del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, oído el Consejo de Administración, mediante resolución motivada.
2. Producido el cese, la Asamblea de Extremadura iniciará el procedimiento para la elección de un nuevo titular de la Dirección General de la Empresa Pública «Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales» en un plazo no superior a un mes.
3. Hasta tanto sea designado el nuevo Director General asumirá las funciones el Director de mayor edad de las sociedades filiales.