Artículo 14. Acuerdo de fusión.
Artículo 14 de la Ley 3/1998, de 1 de julio, de Cajas de Ahorros de la Región de Murcia. · BOE-A-1999-4972
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-07-24.
Texto consolidado
El acuerdo de fusión habrá de ser adoptado independientemente por la Asamblea general de cada una de las Cajas de Ahorros que se fusionan.