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Ley Vigente

Artículo 14.

Artículo 14 de la Ley 3/1988, de 27 de abril, de creación del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo. · BOE-A-1988-13637

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-05-30.

Texto consolidado

El Instituto someterá su régimen económico, financiero y presupuestario a la Ley 3/1984, de 3 de abril, del Parlamento de Galicia, de Gestión Económica y Financiera Pública de Galicia, Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma y demás normativa aplicable.

El Instituto gozará del mismo tratamiento fiscal que la Junta de Galicia, por ser un Ente orgánicamente adscrito a la Consejería de Ordenación del Territorio y Obras Públicas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.º de la presente Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1988-05-30.

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