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Ley Vigente

Artículo 14. Sujetos pasivos.

Artículo 14 de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público. · BOE-A-1998-16714

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-07-15.

Texto consolidado

Serán sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten los servicios constitutivos del hecho imponible de la tasa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-07-15.

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