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Ley Vigente

Artículo 14.

Artículo 14 de la Ley 20/1985, de 25 de julio, de prevención y asistencia en materia de sustancias que pueden generar dependencia. · BOE-A-1985-18553

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-08-27.

Texto consolidado

El Departamento de Sanidad y Seguridad Social y el de Justicia implantarán programas de desintoxicación y deshabituación de los reclusos que presenten dependencia de drogas no institucionalizadas. A tal fin, se dotará a los establecimientos penitenciarios de los medios adecuados. Corresponde al Departamento de Justicia, en el marco de la legislación penitenciaria, adoptar las medidas adecuadas para evitar que entren drogas en los establecimientos penitenciarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-08-27.

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