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Ley Vigente

Artículo 14.

Artículo 14 de la Ley 2/1995, de 30 de enero, de Creación del Consejo Canario de Relaciones Laborales. · BOE-A-1995-6500

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-02-16.

Texto consolidado

1. La convocatoria para las reuniones del Pleno se notificará a los miembros del mismo con una antelación mínima de diez días hábiles cuando se trate de sesiones ordinarias y de cuarenta y ocho horas en el caso de las extraordinarias.

La convocatoria contendrá el orden del día.

2. La información sobre los temas que figuren en el orden del día estará a disposición de los miembros en igual plazo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-02-16.

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