Artículo 14. De los lectores y lectoras.
Artículo 14 de la Ley 17/2006, de 27 de diciembre, del libro y de la lectura de Galicia. · BOE-A-2007-3036
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-30.
Texto consolidado
1. A fin de garantizar el acceso democrático a la cultura de toda la ciudadanía de la Comunidad Autónoma, la Xunta de Galicia promoverá el acceso igualitario a los libros y otros soportes con finalidad semejante, a la lectura, a las bibliotecas públicas y escolares, a los archivos y a los centros de información, documentación y difusión literaria.
2. Para favorecer la información y la difusión del libro y del trabajo de los creadores y creadoras gallegos entre el lectorado, la Xunta de Galicia fomentará el desarrollo de la crítica literaria y actividades conexas en los medios de comunicación.