Artículo 14. Movilidad del personal investigador.
Artículo 14 de la Ley 17/2002, de 19 de diciembre, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I + D + I) en Castilla y León. · BOE-A-2003-1914
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-25.
Texto consolidado
La Junta de Castilla y León tomará medidas tendentes a propiciar la movilidad del personal que esté directamente implicado en procesos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica o de transferencia de tecnología entre centros públicos y privados de carácter regional, nacional e internacional. Asimismo se propiciará la movilidad de este personal entre Centros de Investigación, públicos y privados, de carácter regional y empresas ubicadas en Castilla y León.