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Ley Derogada

Artículo 14. Órganos de gobierno.

Artículo 14 de la Ley 17/2001, de 14 de diciembre, de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2002-2333

Atención: Ley 17/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los órganos de gobierno de las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria son:

El Pleno.

El Comité Ejecutivo.

El Presidente.

2. La Administración tutelante designará un representante que deberá ser convocado en las mismas condiciones que sus miembros a todas las reuniones del Comité Ejecutivo y del Pleno de la Cámara, gozando de la facultad de intervenir con voz y sin voto en sus deliberaciones.

Corresponderá al órgano correspondiente de la Administración tutelante, o persona en quien delegue, presidir la sesión constitutiva del pleno.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-23.

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