El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 14. Modificación de determinados aspectos de la tasa para la expedición de títulos académicos y profesionales.

Artículo 14 de la Ley 16/2000, de 27 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y de Función Pública. · BOE-A-2001-2481

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-01-01.

Texto consolidado

Se modifica el artículo 98 de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, cuya redacción es la siguiente:

«Artículo 98. Cuantía.

El importe de la cuantía para la expedición de títulos académicos y profesionales es:

1. Bachillerato: Título de Bachiller LOGSE: 7.278 pesetas (43,73 euros).

2. Formación profesional específica.

2.1 Título de técnico: 2.963 pesetas (17,81 euros).

2.2 Título de técnico de grado superior: 7.278 pesetas (43,73 euros).

3. Enseñanzas de régimen especial.

3.1 Enseñanza de música y danza:

a) Plan de 1966:

Diploma de instrumentista o cantante: 4.185 pesetas (25,14 euros).

Título de profesor (grado medio): 13.628 pesetas (81,91 euros).

Título de grado superior: 19.927 pesetas (119,76 euros).

b) Plan LOGSE:

Diploma de grado elemental: 1.000 pesetas (6,01 euros).

Título de grado medio: 19.896 pesetas (119,57 euros).

3.2 Enseñanza de artes plásticas y diseño:

Título de técnico: 2.963 pesetas (17,81 euros).

Título de técnico superior: 7.278 pesetas (43,73 euros).

3.3 Enseñanza superior de diseño y conservación y restauración:

Título de diseño: 7.628 pesetas (45,84 euros).

3.4 Enseñanza de idiomas:

Certificado de aptitud de idiomas: 3.500 pesetas (21,04 euros).

Reexpedición (expedición de duplicados): 649 pesetas (3,90 euros).»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-01-01.

Más artículos de Ley 16/2000

En El Vínculo puedes leer Ley 16/2000 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.