Artículo 14. Catálogo insular de caminos públicos.
Artículo 14 de la Ley 13/2018, de 28 de diciembre, de caminos públicos y rutas senderistas de Mallorca y Menorca. · BOE-A-2019-995
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-30.
Texto consolidado
Los consejos insulares de Mallorca y Menorca aprobarán el Catálogo de caminos de su titularidad en el plazo máximo de cuatro años a partir de la entrada en vigor de esta ley, de acuerdo con lo que disponen los artículos precedentes en todo lo que sea de aplicación.