El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 14. Efectos transfronterizos.

Artículo 14 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears. · BOE-A-2006-17875

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-09-22.

Texto consolidado

1. Cuando un proyecto pueda tener repercusiones significativas sobre el medio ambiente de otro estado miembro de la Unión Europea, se ha de seguir el procedimiento que regula el Convenio sobre evaluación de impacto en el medio ambiente en un contexto transfronterizo, hecho en Espoo el 25 de febrero de 1991 y que España ratificó el 1 de septiembre de 1997.

2. A los efectos del apartado anterior, el órgano ambiental que intervenga en la evaluación de impacto ambiental de estos proyectos se ha de relacionar con el estado afectado a través del ministerio competente en materia de asuntos exteriores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-09-22.

Más artículos de Ley 11/2006

En El Vínculo puedes leer Ley 11/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.